PÁGINAS VERDES

MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA

EL SISTEMA NACIONAL DE SALUD OFRECE UNA COBERTURA TOTAL EN LA PROMOCIÓN DE LA SALUD, LA PREVENCIÓN DE ENFERMEDADES Y LA RECUPERACIÓN DE LA SALUD PERDIDA DE LA POBLACIÓN CUBANA. ESTÁ DISEÑADO PARA RESOLVER INSTITUCIONALMENTE LOS TRÁMITES QUE GENERA EN LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO

TRÁMITES NO INSTITUCIONALES

  • Todos los medicamentos se dispensarán por receta médica excepto el Ácido Acetil Salicílico (Aspirina) 500 mg tabletas, Polivit tabletas, Iodopovidona 10% frasco x 30 ml, Thiomersal frasco x 30 ml y los anticonceptivos orales, así como los fitofármacos (sustancias extraídas directamente de las plantas) y apifármacos (sustancias producidas por las abejas).
  • Las recetas serán válidas por 30 días hábiles después de su emisión facultativa en cualquier institución del sistema de salud de su provincia donde se originó la prescripción. En el caso de los medicamentos clasificados como ANTINFECCIOSOS, las recetas prescritas tendrán una vigencia de 7 días según Resolución 194/2010 del MINSAP.
  • Se venderán las cantidades de medicamentos indicados, según posología descrita en el método, para cumplir todo el tratamiento (excepto los que están sujetos a regulaciones de la prescripción).

  • El médico de asistencia emitirá un certificado donde se haga constar el diagnóstico y medicamento indicado con dosificación y posología. En un mismo certificado podrá prescribir más de un medicamento, aclarando siempre, en cada uno de ellos, dosificación, posología y duración del tratamiento, éste no será nunca mayor de un año.
  • El certificado que se emita por un médico del Área de Salud NO NECESITA ser registrado en el policlínico y se lleva a la farmacia más cercana al lugar de residencia, sin otro trámite. La farmacia emitirá la "Tarjeta de Adquisición de Medicamentos Controlados".
  • El certificado que se emite por un médico del hospital, tiene que ser registrado y acuñarlo en la institución y se lleva a la farmacia más cercana al lugar de residencia, sin otro trámite. La farmacia emitirá la "Tarjeta de Adquisición de Medicamentos Controlados".
  • A partir de la confección de la tarjeta, el paciente solo podrá adquirir el medicamento en la farmacia donde está inscripto y de acuerdo a la posología indicada.
  • Un paciente al trasladarse de su lugar de residencia habitual podrá adquirir, previa presentación de la tarjeta y el carné de identidad en el lugar donde se encuentre, las dosis que requiera durante este tiempo.
  • Excepcionalmente, cuando un paciente se encuentre fuera de su lugar de residencia habitual y no haya llevado consigo la tarjeta podrá personarse en el Policlínico del Área de Salud donde está residiendo transitoriamente a fin de que se le extienda un certificado médico, autorizando la adquisición del producto para cubrir las necesidades del período de tiempo que va a estar en dicha localidad.
  • Al extraviársele la tarjeta al paciente, el mismo acudirá a la farmacia donde está inscrito, para que le emitan un duplicado.
  • El paciente inscrito que en un período de tres meses consecutivos, no haya adquirido el medicamento por causas imputables a su responsabilidad, se dará baja del listado debiendo presentar un nuevo certificado médico para su reinscripción.

La matrícula es la inscripción oficial en los registros de un Centro de Educación Superior, mediante la cual el ciudadano cubano o extranjero formaliza o ratifica legalmente al inicio de cada período académico, su condición de estudiante. Se concede a los ciudadanos que cumplen los requisitos y las normas establecidas en las disposiciones que al efecto dicte el Ministerio de Educación Superior o el organismo especializado al cual se encuentra adscripta la carrera. Para obtener información sobre el ingreso a las carreras de las Ciencias Médicas, deberán dirigirse a: Departamento de Ingreso de las Universidades o Facultades de Ciencias Médicas de cada una de las provincias.

  • Aparecer en las Listas de Matrícula emitidas por la Comisión de Ingreso Provincial o modelo SIE-3.
  • Para los estudiantes que reingresan por la vía de concurso, deben presentar el modelo de baja del centro de Educación Superior anterior.
  • Fotocopia del Título (Bachiller) o certificación de estudios terminados. En ambos casos debe presentarse el original para realizar el cotejo.
  • Carné de identidad y fotocopia del mismo.
  • Entregar 3 fotos (1 x 1 pulgadas).
  • Para los varones diferidos APTOS FAR, deben entregar Boleta de Licenciamiento expedida por la Unidad Militar donde cumplió el SMA y fotocopia del expediente del soldado.
  • Los estudiantes varones diferidos NO APTOS FAR, deben entregar documento oficial expedido por el Comité Militar que acredite la condición, así como la evaluación del cumplimiento de la tarea socialmente útil realizada.
  • Documento del área de atención en la defensa para las mujeres.
  • Carné de Salud actualizado con los resultados de la prueba del VIH.

Se ofertan a todos los técnicos de la salud que se encuentren activos en el sistema y que tengan como mínimo dos años de trabajo o similar período acumulado antes de la fecha de matrícula,  como  opción  de  superación  profesional. Para la matrícula de las carreras del Curso por Encuentro deben presentar los siguientes documentos:

  • Carné de identidad.
  • Título original y fotocopia del título de Técnico Medio, certificación de notas de los estudios vencidos.
  • Aval del centro de trabajo firmado por todos los factores.
  • 3 fotos (1 x 1 pulgada).

  • Aparecer en la lista de otorgamiento emitida por la Dirección Provincial de Educación.
  • Entregar 4 fotos tipo carné (1x1pulgada)
  • Título de estudios terminados (Bachiller) original y la copia que se cotejará.
  • Carné de identidad.
  • Para los varones, presentar documento donde conste el cumplimiento del Servicio Militar Activo, certificado por un sello de timbre y expedido por el Comité Militar.

  • Presentar boleta de matrícula emitida por Educación.
  • Título de estudios terminados original y la copia que se cotejará.
  • Expediente acumulativo del estudiante.
  • Entregar 4 fotos tipo carné (1x1 pulgada).
  • Tarjeta de menor.

Se tienen que acoger a los trámites establecidos en el Decreto No. 217 del 22 de abril de 1997, del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, Regulaciones Migratorias Internas para La Habana y sus contravenciones.

Establece que para matricular en el curso diurno, deben tener en su carné de identidad domicilio permanente en La Habana.

  • Se habilita un policlínico en cada municipio.
  • El examen se realizará en el policlínico del municipio de residencia.

Para realizarse el examen debe presentar: Resumen de Historia Clínica del Médico de Familia, carné de identidad y 1 foto (1 x 1 pulgada). De no ser necesario otros estudios, el certificado será emitido en el acto.

La información de cuál es el policlínico donde se realiza el examen, se puede obtener: por teléfono, en el consultorio, en el policlínico al que pertenece el interesado o en las oficinas de atención a la población de la Dirección Municipal de Salud del territorio.

La información telefónica de estos policlínicos se encuentra en Páginas Amarillas en la categoría TRÁMITES, OFICINAS DE.

TRÁMITES QUE DEBEN REALIZAR LOS CIUDADANOS PARA OBTENER LA LICENCIA SANITARIA

La misma tiene que incluir: Nombre y apellidos del solicitante, carné de identidad, dirección completa, razones por la que se realiza la solicitud.

Las actividades autorizadas para el ejercicio del trabajo por cuenta propia que requieren licencia sanitaria son las siguientes: a) Servicios gastronómicos en Restaurantes, b) Servicios gastronómicos en Cafeterías, c) Arrendador de viviendas, habitaciones y espacios que incluya el servicio de alimentación para el hospedaje, d) Elaborador vendedor de vinos, e) Elaborador vendedor de alimentos y bebidas no alcohólicas de forma ambulatoria, f) Panadero - Dulcero, g) Servicio de Bar y Recreación, h) Asistente para la atención educativa y cuidado de niños, i) Productor - Vendedor de productos de alimenticios, j) Servicios de decoración y organización de cumpleaños, bodas y otras actividades festivas que elaboren alimentos asociados al servicio. La Licencia Sanitaria, para el ejercicio de las actividades por cuenta propia que se relacionan en el apartado anterior, se solicita por los interesados, en los centros y unidades municipales de Higiene, Epidemiología y Microbiología, del municipio donde pretende ejercer y se otorgará después de haberse efectuado la inspección sanitaria a los lugares de trabajo y
de manipulación, elaboración y expendio de alimentos.

Es uno de los requisitos indispensables para el otorgamiento de la Licencia Sanitaria, poseer certificación médica que avale el estado de salud física y mental de la persona que aspira a trabajar en alguna de las modalidades mencionadas arriba.

La respuesta a la solicitud de Licencia Sanitaria se recoge por el interesado, en los centros y unidades municipales de Higiene, Epidemiología y Microbiología, donde fue solicitado el trámite, en el término de siete días hábiles contados a partir de la solicitud.

Existen oficinas para la atención a la población en todas direcciones provinciales y municipales de salud y en las principales unidades asistenciales del país, las que funcionan todos los días laborables.

HORARIOS DE ATENCIÓN

LUNES A VIERNES

Y SÁBADO LABORABLE

de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.

 

PARA MÁS INFORMACIÓN SÍGANOS EN FACEBOOK Y TWITTER: MINSAPCuba

www.salud.msp.gob.cu
 

La información telefónica sobre las Oficinas de Atención a la Población de Salud Pública, la encontrará al consultar la sección de PÁGINAS AMARILLAS bajo la categoría de ATENCIÓN A LA POBLACIÓN y la información de los policlínicos para chequeo para Licencia de Conducción y las Direcciones y Unidades Municipales de Higiene, Epidemiología y Microbiología, bajo la categoría de TRÁMITES, OFICINAS DE.

 

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