PÁGINAS VERDES

MINISTERIO DEL INTERIOR

LICENCIA  DE CONDUCCIÓN

INFORMACIÓN SOBRE TRÁMITES A LA POBLACIÓN

  • Edad de 18 años, excepto la licencia especial militar que exige 17 años y 16 años de edad para obtener la subcategoría "A-1" (Ciclomotor).
  • Sellos del timbre por valor de 30.00 CUP.
  • 2 fotos de 1 x 1 pulgada, de frente, sin gorra o sombrero y en el caso de poseer alguna limitante como espejuelos, deberá retratarse con ellos.
  • Resultar apto al examen médico especializado para conducir vehículos (ver Salud Pública en esta sección de Páginas Verdes).
  • Aprobar los exámenes teórico y práctico para conducir vehículos de motor de acuerdo a la categoría que solicita.
  • Presentar el aval que certifica la aprobación del curso de la Escuela de Educación Vial y Conducción perteneciente al Ministerio de Transporte.

  • Carné de identidad o documento de identificación.
  • Licencia de conducción.
  • Sellos del timbre por valor de 15.00 CUP por cada una de las categorías que posee.
  • 2 fotos de 1 x 1 pulgada de frente, sin gorra o sombrero y en el caso de poseer alguna limitante como espejuelos, deberá retratarse con ellos.
  • Los conductores mayores de 65 años, deben presentar además un resumen del chequeo médico especializado, clínico y oftalmológico.

La renovación de la licencia de conducción se podrá realizar con un año de antelación a la fecha de vencimiento y 90 días posteriores, pasado este término la licencia de conducción perderá su vigencia.

Se expide el documento por 10 años a partir de la fecha de su renovación.

 

  • Para la obtención de la licencia de conducción de la categoría C o D, o las subcategorías "C-1" o "D-1", se requieren 2 años de experiencia como mínimo en la categoría B. Para la categoría E se requieren 2 años de experiencia en las categorías C o D. Para la obtención de la categoría especial "FE" se requieren dos años de experiencia como mínimo en la categoría "F" o poseer la categoría "E".
  • Sellos del timbre por valor de 30.00 CUP.
  • 2 fotos de 1 x 1 pulgada.
  • Licencia de conducción.
  • Resultar apto en el examen médico especializado para conducir vehículos de motor.
  • Aprobar los exámenes teórico y práctico para conducir vehículos de motor de acuerdo a la categoría que solicita.
  • Para las categorías C, C1, D, D1 y E, presentar el aval que certifica la aprobación del curso de la Escuela de Educación Vial y Conducción.

  • Sellos del timbre por valor de 20.00 CUP, cuando el conductor tenga una categoría y a partir de dos 15.00 CUP por cada una de ellas.
  • 2 fotos de 1 x 1 pulgada.
  • Carné de identidad o documento de identificación.

Se expide el documento por 10 años a partir de la fecha de su nueva emisión.

A partir de la fecha de haber causado baja del Servicio Militar Activo, podrá presentarse a la unidad de trámite dentro del término de 90 días para realizar la Conversión, siempre que haya cumplido las formalidades, con el documento de la Jefatura de la Unidad Militar, Carné de identidad, dos fotos de 1 x 1 pulgada y 30.00 CUP en sellos del timbre por cada categoría.

En el caso de cubanos, que hayan obtenido la licencia de conducción en el exterior, deberán presentar:

  • Certifico de autenticidad de la licencia de conducción extranjera expedido por el consulado de ese país, fotocopia de la misma, además del original.
  • Examen psicofísico-
  • 30.00 CUP en sellos del timbre para el pago de la tasa fiscal.
  • 2 fotos de 1 x 1 pulgada.
  • Documento de identificación.

De ser extranjero, con residencia permanente en el país debe presentar :

  • Documento de identificación.
  • Certifico de autenticidad de la licencia de conducción nacional extranjera expedido por el consulado en ese país.
  • Fotocopia de la licencia de conducción, si el texto está en otro idioma deberá realizar la traducción al idioma español.
  • 2 fotos de 1 x 1 pulgada.
  • 30.00 CUP en sellos del timbre para el pago de la tasa fiscal. En el caso de tener permiso temporal de residencia, cumplirá los mismos requisitos abonando la tasa fiscal correspondiente.

Artículo 288: El Ministerio del Interior puede disponer la suspención de la licencia de conducción:

  • De uno hasta tres meses.
  • Superior a tres y hasta seis meses.
  • Superior de seis meses hasta un año.

Artículo 289: El Ministerio del Interior puede disponer la cancelación de la licencia de conducción:

  • De uno hasta tres años.
  • De tres años hasta cinco.

Información tomada del sitio web del Ministerio del Interior el 18.01.2023          https://pnr.minint.gob.cu/tramites/licencia-de-conduccion

 

HORARIOS DE ATENCIÓN

LA HABANA, PINAR DEL RÍO, MATANZAS, ARTEMISA,  MAYABEQUE, CIENFUEGOS, VILLA CLARA, CIEGO DE ÁVILA, CAMAGÜEY, LAS TUNAS, HOLGUÍN Y GUANTÁNAMO

LUNES Y MIÉRCOLES

de 8:00 a.m. a 7:00 p.m.

MARTES Y VIERNES

de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.

JUEVES Y SÁBADO de 8:00 a.m. a 12:00 m.
MUNICIPIO ESPECIAL ISLA DE LA JUVENTUD LUNES Y MIÉRCOLES de 8:00 a.m. a 7:00 p.m.
MARTES Y VIERNES de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.
JUEVES Y SÁBADO (ALTERNO)
de 8:00 a.m. a 12:00 m.
SANCTI SPÍRITUS LUNES Y MIÉRCOLES

de 8:00 a.m. a 7:00 p.m.

MARTES Y JUEVES

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VIERNES Y SÁBADO

de 8:00 a.m. a 12:00 m.
GRANMA

LUNES, MIÉRCOLES Y VIERNES

 

de 8:00 a.m. a 7:00 p.m.

MARTES Y JUEVES

de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.

SÁBADO

de 8:00 a.m. a 12:00 m.
SANTIAGO DE CUBA


LUNES Y MIÉRCOLES

de 8:00 a.m. a 7:00 p.m.

MARTES Y JUEVES

de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.
SÁBADO (NO LABORABLES) de 8:00 a.m. a 12:00 m.

La información telefónica de las oficinas de trámites del Ministerio del Interior, la encontrará al consultar la sección de PÁGINAS AMARILLAS, bajo la categoría de TRÁMITES, OFICINAS DE.

 

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